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Intermediario de crédito inmobiliario · Registro Banco de España E569 · Ley 5/2019 LCCI
Nota de Encargo de Servicios
Contrato de intermediación de crédito inmobiliario

En Madrid, a   de   de 2026

Reunidos

De una parte,  , mayor de edad, con DNI número  , con domicilio en   (en adelante, el CLIENTE).

Y de otra parte, Akira Dynamics S.L., con CIF B21766068, inscrita en el Registro de Intermediarios de Crédito Inmobiliario del Banco de España con el número E569, con domicilio social en Avda. de Andalucía 46, 29760 Málaga, y oficinas en Paseo de la Castellana 259C, planta 15, 28046 Madrid, que opera bajo la marca comercial hipotecas.me (en adelante, EL INTERMEDIARIO).

Exponen

I. Que EL INTERMEDIARIO es una sociedad debidamente inscrita en el Registro de Intermediarios de Crédito Inmobiliario del Banco de España, habilitada para ejercer la actividad de intermediación de crédito inmobiliario conforme a la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario (LCCI) y su normativa de desarrollo.

II. Que el CLIENTE desea contratar los servicios profesionales de EL INTERMEDIARIO para la búsqueda, comparativa, negociación e intermediación de un préstamo hipotecario ante entidades financieras.

III. Que EL INTERMEDIARIO acepta el encargo bajo las condiciones que se detallan a continuación.

Acuerdan
PRIMERA. — Objeto del encargo

El presente contrato tiene por objeto regular la prestación de los siguientes servicios de intermediación de crédito inmobiliario:

EL INTERMEDIARIO actúa en todo momento como intermediario de crédito inmobiliario regulado, y no como entidad de crédito. La concesión del préstamo hipotecario es competencia exclusiva de la entidad financiera, que realizará su propio análisis de riesgo y solvencia.

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Contrato de intermediación
SEGUNDA. — Duración

El servicio comenzará en la fecha de firma del presente documento y se mantendrá vigente hasta la finalización del encargo, ya sea por formalización del préstamo, desistimiento del CLIENTE o imposibilidad sobrevenida.

TERCERA. — Honorarios

Los honorarios pactados como contraprestación por los servicios de intermediación son de __________ €, dentro del rango de 500 € a 3.000 € según la complejidad de la operación, más IVA si procede (exento conforme al art. 20.Uno.18º de la Ley 37/1992 del IVA). El importe concreto queda fijado en este documento antes de empezar y no se modifica después. En las subrogaciones no se cobran honorarios. El pago se realizará una vez emitida la Ficha Europea de Información Normalizada (FEIN), o documento equivalente con la oferta vinculante, mediante transferencia bancaria a la cuenta de Akira Dynamics S.L. que figura en la nota de encargo firmada.

CUARTA. — Honorarios supeditados al éxito

Los honorarios profesionales derivados de este encargo únicamente serán exigibles una vez emitida la Ficha Europea de Información Normalizada (FEIN), o documento equivalente con la oferta vinculante, de un préstamo hipotecario a favor del CLIENTE por parte de una de las entidades financieras ante las que EL INTERMEDIARIO haya presentado su perfil. La finalidad del encargo es la formalización (firma ante notario) de dicho préstamo; no obstante, el devengo y pago de los honorarios se produce con la emisión de la FEIN, con independencia de la posterior firma.

Exoneración de honorarios: No se devengará cantidad alguna en concepto de honorarios si el préstamo hipotecario no llega a materializarse por:

Honorarios por desistimiento posterior a la FEIN: En el caso de que el CLIENTE desista de la operación una vez que la entidad financiera haya emitido y puesto a su disposición la Ficha Europea de Información Normalizada (FEIN) —o documento equivalente que contenga la oferta vinculante—, los honorarios pactados en la Cláusula TERCERA serán íntegramente exigibles. El CLIENTE deberá abonarlos en un plazo máximo de diez (10) días naturales desde la fecha de su desistimiento, mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada.

QUINTA. — Obligaciones del Intermediario

EL INTERMEDIARIO se compromete a:

SEXTA. — Obligaciones del Cliente

El CLIENTE se compromete a:

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SÉPTIMA. — Confidencialidad

Ambas partes se comprometen a guardar estricta confidencialidad sobre toda la información a la que tengan acceso en el marco del presente encargo. Esta obligación subsistirá tras la finalización de la relación contractual.

OCTAVA. — Legislación aplicable y jurisdicción

El presente contrato se regirá por la legislación española, y en particular por la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario y su normativa de desarrollo. Para la resolución de cualquier conflicto, las partes se someten a los juzgados y tribunales de Madrid, sin perjuicio de la facultad del consumidor de acudir al fuero de su domicilio.

NOVENA. — Derecho de desistimiento

El CLIENTE podrá desistir del presente contrato en cualquier momento, comunicando su decisión por escrito (correo electrónico a info@hipotecas.me o carta certificada). El desistimiento surtirá efecto desde la fecha de recepción de la comunicación, sin perjuicio de lo dispuesto en la Cláusula CUARTA respecto de los honorarios.

Protección de datos personales

En cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 General de Protección de Datos (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), le informamos de que:

  • Responsable: Akira Dynamics S.L. (CIF B21766068).
  • Finalidad: Gestionar y prestar los servicios de intermediación de crédito inmobiliario objeto de la presente nota de encargo, incluyendo la comunicación de sus datos a entidades financieras para la tramitación de su solicitud de préstamo hipotecario.
  • Base jurídica: Ejecución del contrato (art. 6.1.b RGPD) y cumplimiento de obligaciones legales (art. 6.1.c RGPD), en particular las derivadas de la Ley 5/2019 (LCCI) y la normativa de prevención de blanqueo de capitales.
  • Destinatarios: Entidades financieras a las que se presente el perfil del CLIENTE, previo consentimiento expreso. No se realizarán transferencias internacionales de datos.
  • Conservación: Los datos se conservarán durante la vigencia de la relación contractual y, posteriormente, durante los plazos legales de conservación obligatoria.
  • Derechos: Puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento y portabilidad dirigiéndose a privacidad@hipotecas.me. Asimismo, tiene derecho a presentar reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (aepd.es).

Y en prueba de conformidad, firman el presente documento por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha arriba indicados.

El Cliente
Nombre y firma
AKIRA DYNAMICS S.L. INTERMEDIARIO DE CRÉDITO INMOBILIARIO E569 Banco de España
Akira Dynamics S.L.
Intermediario de crédito inmobiliario · Reg. BdE E569

Contrato redactado conforme a la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario (LCCI), el Real Decreto 309/2019, de 26 de abril, y demás normativa aplicable. Akira Dynamics S.L. se encuentra inscrita en el Registro de Intermediarios de Crédito Inmobiliario del Banco de España con el número E569. Puede verificar esta inscripción en app.bde.es.

Canal ético y reclamaciones: reclamaciones@hipotecas.me · Política de privacidad: hipotecas.me/politica-de-privacidad