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ITP en Cantabria 2026: tipo progresivo, bonificaciones y calculadora

Cantabria aplica un sistema progresivo para la vivienda habitual (Ley 5/2026, BOE-A-2026-10431, en vigor desde el 1 de mayo de 2026): 7 % sobre los primeros 300.000 € y 9 % sobre el exceso por encima de esa cifra.

Por Alejandra Ruiz

ITP general

9 %

Vivienda habitual

7 %

AJD obra nueva

1,5 %

Fuente: normativa autonómica revisada el 2 de octubre de 2026.

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Lo que debes saber al comprar en Cantabria

La comunidad ofrece además un tipo reducido del 4 % para menores de 40 años, familias numerosas o monoparentales, discapacidad del 33 al 64 % y viviendas protegidas, y del 3 % con discapacidad igual o superior al 65 %. Los reducidos se aplican sobre los primeros 300.000 € del valor.

Para vivienda no habitual o de inversión se aplica el tipo general, un 9 % sobre todo el precio. Cantabria distingue así claramente entre quienes compran para residir y quienes compran como inversión.

Euríbor 12M

3,213 %

Tipo medio hipotecas

3,04 %

Tipo fija >10 años

2,76 %

Fuente: BCE · Banco de España (dato 2026/08) · Actualización automática

La cuota orientativa de la calculadora usa la mediana de las hipotecas fijas de nuestro comparador (3,95 %), la misma que el simulador de hipotecas; los tipos medios del Banco de España de arriba son de las operaciones ya firmadas. Variable: Euríbor (3,213 %) + diferencial.

Tipo general ITP

9 %

AJD

1,5 %

1,5 % (1 % en vivienda habitual, con requisitos)

Tipo mínimo (con requisitos)

3 %

Discapacidad ≥65 % (≤ 300.000 €)

📊 Tipo de ITP en Cantabria

Para vivienda habitual, Cantabria aplica un sistema progresivo y acumulativo (como el IRPF): 7 % sobre los primeros 300.000 € y 9 % sobre el exceso que supere esa cifra.

Por ejemplo, una vivienda habitual de 400.000 € tributa así: 300.000 € al 7 % (21.000 €) más 100.000 € al 9 % (9.000 €), un total de 30.000 € (tipo efectivo del 7,5 %). Para vivienda no habitual o de inversión se aplica el tipo general del 9 % sobre todo el precio.

DL 62/2008, arts. 9 y 13, en la redacción de la Ley de Cantabria 5/2026 (BOC 30-4-2026, en vigor el 1-5-2026): el tipo general es del 9 %, y la tarifa del 7 % hasta 300.000 € con el 9 % sobre el exceso es la de la VIVIENDA HABITUAL (las demás compras tributan al 9 %). Reducido al 4 % para menores de 40, familia numerosa o monoparental, discapacidad del 33 al 64 %, VPO y municipios en riesgo de despoblamiento, al 3 % con discapacidad ≥65 % y al 5 % con compromiso de rehabilitación inmediata; los reducidos se aplican sobre los primeros 300.000 € y el exceso tributa al 9 %. AJD: 1,5 % general, 1 % en la escritura de adquisición de vivienda habitual y 0,1 % (0,05 % con discapacidad ≥65 %) para familia numerosa o monoparental, discapacidad, menores de 40, municipios en riesgo de despoblamiento y Vivienda de Protección Pública; el art. 13.9, en la redacción de la Ley 5/2026, limita esos reducidos a los primeros 300.000 € y grava el exceso al tipo que corresponda. ATENCIÓN: el art. 13.10 bis exige SOLICITAR EXPRESAMENTE el tipo reducido en la propia escritura (o subsanarlo en los 3 meses siguientes al fin del plazo de autoliquidación); no pedirlo lo hace perder. Los tipos reducidos del art. 13.4 no alcanzan a actos distintos de la adquisición de vivienda aunque se otorguen en el mismo documento, y las escrituras de préstamo con garantía hipotecaria tributan en todo caso al 2 % (lo paga el prestamista).

🎯 Bonificaciones de ITP en Cantabria

7 %

Vivienda habitual (≤ 300.000 €)

  • Vivienda habitual
  • Sobre los primeros 300.000 €
  • Sin requisito de edad
4 %

Menores de 40 años (≤ 300.000 €)

  • Edad inferior a 40 años
  • Vivienda habitual
  • Sobre los primeros 300.000 €
4 %

Familia numerosa o monoparental (≤ 300.000 €)

  • Familia numerosa o monoparental
  • Vivienda habitual
  • Sobre los primeros 300.000 €
4 %

Discapacidad 33-64 % (≤ 300.000 €)

  • Discapacidad ≥33 % e inferior al 65 %
  • Vivienda habitual
  • Sobre los primeros 300.000 €
3 %

Discapacidad ≥65 % (≤ 300.000 €)

  • Grado de discapacidad ≥65 %
  • Vivienda habitual
  • Sobre los primeros 300.000 €
4 %

VPO (≤ 300.000 €)

  • Vivienda de protección pública no exenta
  • Sobre los primeros 300.000 €
5 %

Rehabilitación inmediata (≤ 300.000 €)

  • Compromiso de rehabilitación inmediata en la escritura
  • Obras por al menos el 25 % del precio de adquisición
  • Finalizadas en menos de 18 meses
  • Destino a vivienda durante 3 años (excluido el uso turístico)
  • Sobre los primeros 300.000 €
4 %

Municipio en riesgo de despoblamiento (≤ 300.000 €)

  • Vivienda habitual
  • Municipio incluido en la orden de delimitación por riesgo de despoblamiento
  • Sobre los primeros 300.000 €

Menores de 40 años: tipo reducido del 4 % para vivienda habitual, sobre los primeros 300.000 €.

Familias numerosas o monoparentales: tipo del 4 % para vivienda habitual, sobre los primeros 300.000 €.

Discapacidad: 4 % con un grado del 33 al 64 % y 3 % a partir del 65 %, sobre los primeros 300.000 €. También tributan al 4 % las viviendas protegidas y las de municipios en riesgo de despoblamiento.

📋

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⚖️ Comparativa del ITP en Cantabria

vs media nacional (~7,6 %)

El tipo general de Cantabria es del 9 %, por encima de la media nacional (~7,6 %). La vivienda habitual paga el 7 % sobre los primeros 300.000 € y el 9 % sobre el exceso, así que en una compra de 200.000 € para vivir pagarías 14.000 € frente a los 15.200 € de la media.

Cantabria
9,00 %
Media
7,6 %

vs País Vasco (4 %)

Frente al País Vasco (4 %), una vivienda habitual de 200.000 € en Cantabria paga 14.000 € de ITP (7 %) vs 8.000 €. Para una vivienda habitual de 400.000 €, la diferencia se amplía: 30.000 € en Cantabria (7 %/9 % progresivo) vs 16.000 € en el País Vasco (4 %).

Cantabria
9,00 %
País Vasco
4,00 %

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Preguntas frecuentes sobre el ITP en Cantabria

¿Cuándo se aplica el tipo del 7 % en Cantabria?

El 7 % se aplica a los primeros 300.000 € de cualquier vivienda habitual (Ley 5/2026, en vigor desde el 1 de mayo de 2026). Por encima de esa cifra, solo el exceso tributa al 9 %: es un sistema progresivo, no un salto al tipo general.

¿Cuánto paga un joven de 28 años de ITP en Cantabria?

Un comprador menor de 40 años puede beneficiarse del tipo del 4 % para vivienda habitual de hasta 300.000 €. Para una vivienda de 200.000 €, pagaría 8.000 € de ITP.

¿El tipo del 7 %-9 % en Cantabria se aplica por tramos o al total?

Se aplica por tramos, de forma acumulativa (como el IRPF): los primeros 300.000 € siempre tributan al 7 %, y solo el exceso por encima de esa cifra tributa al 9 %. No es un tipo que salte al 9 % sobre el precio completo.

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Sobre este contenido

Alejandra Ruiz
Alejandra Ruiz

Analista hipotecaria

Publicación: febrero 2026

Última actualización: octubre 2026

Esta página tiene un enfoque informativo y editorial. Explica cómo suelen funcionar las condiciones hipotecarias descritas y qué conviene revisar, sin prometer resultados ni sustituir el análisis de una entidad financiera.

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