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ITP en Castilla y León 2026: tramos 8 %-10 %, bonificaciones y calculadora para sus 9 provincias

Castilla y León aplica un sistema de tramos progresivos en el ITP: 8 % hasta 250.000 € y 10 % a partir de esa cantidad. Por debajo de 250.000 € toda la compra tributa al 8 %.

Por Alejandra Ruiz

ITP general

8-10 %

según el precio

Vivienda habitual

8-10 %

AJD obra nueva

1,5 %

Fuente: normativa autonómica revisada el 2 de octubre de 2026.

Excelenteen TrustpilotPortal hipotecarioAnálisis gratuitoEstudio al momentoReg. BdE n.º E569

Lo que debes saber al comprar en Castilla y León

Las 9 provincias de la comunidad (Ávila, Burgos, León, Palencia, Salamanca, Segovia, Soria, Valladolid y Zamora) comparten el mismo régimen ITP, lo que simplifica los cálculos para quien valora comprar en cualquiera de ellas.

La comunidad aplica un tipo reducido del 4 % en la vivienda habitual para compradores menores de 36 años, familias numerosas y personas con discapacidad igual o superior al 65 %, siempre con límite de renta (31.500 €, o 37.800 € en familia numerosa).

Euríbor 12M

3,191 %

Tipo medio hipotecas

3,04 %

Tipo fija >10 años

2,76 %

Fuente: BCE · Banco de España (dato 2026/08) · Actualización automática

La cuota orientativa de la calculadora usa la mediana de las hipotecas fijas de nuestro comparador (3,95 %), la misma que el simulador de hipotecas; los tipos medios del Banco de España de arriba son de las operaciones ya firmadas. Variable: Euríbor (3,191 %) + diferencial.

Tipo general ITP

8-10 %

según el precio (ver tramos)

AJD

1,5 %

Tipo mínimo (con requisitos)

0,01 %

Menores de 36 en municipio rural

📊 Tipo de ITP en Castilla y León

El ITP se estructura en dos tramos progresivos: 8 % hasta 250.000 € y 10 % por encima. El tipo efectivo final depende del precio total, ya que cada tramo tributa a su propio tipo (sistema escalonado, como en el IRPF).

Para una vivienda de 300.000 €, los primeros 250.000 € tributan al 8 % (20.000 €) y los 50.000 € restantes al 10 % (5.000 €), resultando un tipo efectivo del 8,33 % (25.000 € totales).

El AJD aplicable a las escrituras de compraventa de obra nueva es del 1,5 %, el tipo más repetido entre las comunidades. Baja al 0,5 % (0,01 % en municipios rurales) para los mismos perfiles del ITP y la vivienda de protección pública.

DL 1/2013, arts. 24 a 28 (el art. 28 condiciona TODOS los tipos reducidos a la renta): tipo general del 8 % y 10 % sobre la parte del valor que exceda de 250.000 €. Tipo reducido del 4 % en la vivienda habitual cuando todos los adquirentes son menores de 36 años, cuando el adquirente es titular de familia numerosa o cuando él o un miembro de su unidad familiar tiene una discapacidad ≥65 %, y 0,01 % para menores de 36 en municipios de hasta 10.000 habitantes con vivienda de menos de 150.000 €. AJD: 1,5 % general y 0,5 % (0,01 % rural) con esos mismos perfiles, más la vivienda de protección pública, todos condicionados a los mismos límites de renta del art. 28; Castilla y León no tiene AJD propio de vivienda habitual ni bonificación por familia monoparental o violencia de género. El tope rural es un «menor de 150.000 €» estricto, no un «hasta». Castilla y León es la CCAA con más provincias (9: Ávila, Burgos, León, Palencia, Salamanca, Segovia, Soria, Valladolid y Zamora). El valor tasado medio de la vivienda libre en la comunidad es de 1.349,6 €/m² (MIVAU, 2.º trimestre de 2026): una vivienda de 90 m² ronda los 121.000 €, lejos del umbral de 250.000 € a partir del cual cambia el tramo.

📐 Tramos progresivos

TramoTipo
0 € — 250.000 €8 %
Más de 250.000 €10 %

El tipo efectivo medio para 200.000 € es 8,00 %

🎯 Bonificaciones de ITP en Castilla y León

4 %

Menores de 36 años

  • Edad inferior a 36 años (todos los adquirentes)
  • Vivienda habitual
  • Primera vivienda de cada uno de los adquirentes
  • Renta ≤ 31.500 € (suma de bases imponibles menos mínimo personal y familiar de todos los que vayan a ocupar la vivienda)
4 %

Familia numerosa

  • Familia numerosa acreditada
  • Vivienda habitual
  • Renta ≤ 37.800 € (+6.000 € por cada miembro que exceda del mínimo para ser familia numerosa)
  • Venta de la vivienda anterior en el plazo de un año
4 %

Discapacidad ≥65 %

  • Grado de discapacidad ≥65 % del adquirente o de cualquier miembro de su unidad familiar
  • Vivienda habitual
  • Renta ≤ 31.500 € (suma de bases imponibles menos mínimo personal y familiar de todos los que vayan a ocupar la vivienda)
  • Venta de la vivienda anterior en el plazo de un año
0,01 %

Menores de 36 en municipio rural

  • Edad inferior a 36 años (todos los adquirentes)
  • Primera vivienda habitual
  • Municipio ≤ 10.000 hab. (o ≤ 3.000 a menos de 30 km de capital)
  • Valor < 150.000 €
  • Renta ≤ 31.500 € (suma de bases imponibles menos mínimo personal y familiar de todos los que vayan a ocupar la vivienda)
4 %

VPO

  • Vivienda de protección oficial
  • Primera vivienda de cada uno de los adquirentes
  • Renta ≤ 31.500 € (suma de bases imponibles menos mínimo personal y familiar de todos los que vayan a ocupar la vivienda)

Menores de 36 años: tipo reducido del 4 % para vivienda habitual, si todos los adquirentes tienen menos de 36, es la primera vivienda de cada uno y la renta no pasa de 31.500 €. Cantabria y La Rioja llevan el umbral a 40 años (Canarias y Murcia, a 40 incluidos) y Cataluña lo deja en 35.

Familias numerosas: tipo del 4 % para vivienda habitual, sin límite de valor de la vivienda y con renta ≤ 37.800 € (+6.000 € por miembro adicional).

Discapacidad ≥65 % (del adquirente o de un miembro de su unidad familiar): tipo del 4 %, con renta ≤ 31.500 €. Otras comunidades, como Andalucía, La Rioja o Cantabria, bajan el tipo desde el 33 %.

📋

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⚖️ Comparativa del ITP en Castilla y León

vs media nacional (~7,6 %)

Con un tipo base del 8 % (primer tramo), Castilla y León se sitúa ligeramente por encima de la media nacional (~7,6 %). Para una vivienda de 200.000 €, el ITP es de 16.000 €. Para una de 150.000 €, 12.000 €.

Castilla y León
8,00 %
Media
7,6 %

vs País Vasco (4 %)

Frente al País Vasco (4 %), una vivienda de 200.000 € paga el doble de ITP en CyL (16.000 € vs 8.000 €). Con el 4 % de jóvenes, familias numerosas o discapacidad, Castilla y León iguala el tipo general vasco, que a su vez baja al 2,5 % en la vivienda habitual de hasta 120 m².

Castilla y León
8,00 %
País Vasco
4,00 %

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Preguntas frecuentes sobre el ITP en Castilla y León

¿A partir de qué precio se aplica el tramo del 10 % en CyL?

El tramo del 10 % se aplica a partir de 250.000 €. Los primeros 250.000 € siempre tributan al 8 %, y solo el exceso por encima de esa cifra al 10 % (sistema escalonado, no marginal sobre el total).

¿El ITP es igual en todas las provincias de Castilla y León (Valladolid, León, Burgos, Salamanca…)?

Sí. La normativa del ITP es autonómica, no provincial: los tramos del 8 % (hasta 250.000 €) y 10 % (por encima) se aplican igual en las 9 provincias de la comunidad. No hay diferencias entre Valladolid, León, Burgos, Salamanca, Segovia, Ávila, Palencia, Soria o Zamora.

¿Cuánto ahorra un joven de 30 años en CyL?

Con el tipo bonificado del 4 %, un joven paga la mitad de ITP que con el tipo general. Para una vivienda de 200.000 €: 8.000 € vs 16.000 €. Para una de 150.000 €: 6.000 € vs 12.000 €. En un municipio rural, con una vivienda de menos de 150.000 €, el tipo baja al 0,01 %.

¿Castilla y León tiene bonificación específica para municipios despoblados o rurales?

Sí, y es de las mayores rebajas del mapa del ITP: el tipo baja al 0,01 % para menores de 36 años que compran su primera vivienda habitual en un municipio de hasta 10.000 habitantes (o de hasta 3.000 si está a menos de 30 km de la capital de provincia), siempre que el valor de la vivienda sea inferior a 150.000 € y la renta no pase de 31.500 €. En una compra de 140.000 € el impuesto pasa de 11.200 € a 14 €. Fuera de ese supuesto, el tipo reducido para menores de 36 años es del 4 %. Además existen ayudas autonómicas directas a la compra en zonas en riesgo de despoblación, que son subvenciones aparte del impuesto.

¿Los tramos de CyL funcionan como los del IRPF?

Sí. Cada tramo tributa a su propio tipo. Los primeros 250.000 € siempre al 8 %, y solo el exceso por encima de esa cifra al 10 %. No es un tipo marginal sobre el total.

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Sobre este contenido

Alejandra Ruiz
Alejandra Ruiz

Analista hipotecaria

Publicación: febrero 2026

Última actualización: octubre 2026

Esta página tiene un enfoque informativo y editorial. Explica cómo suelen funcionar las condiciones hipotecarias descritas y qué conviene revisar, sin prometer resultados ni sustituir el análisis de una entidad financiera.

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