Qué pasa si no puedes pagar la hipoteca un mes: carencia, moratoria y cómo actúa el banco
Si este mes no llegas a la cuota, no entres en pánico. Tienes más opciones de las que crees, pero el tiempo cuenta.
Lo esencial
Si este mes no llegas a la cuota, no entres en pánico. Tienes más opciones de las que crees, pero el tiempo cuenta.
- →El día 1 llega y no hay dinero: qué ocurre exactamente
- →El caso de Raúl, 39 años, Madrid
- →Las tres opciones reales que tienes antes de impagar
- →Lo que el banco NO te va a contar por iniciativa propia
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Imagina que es el 25 de junio. Miras la cuenta y no hay suficiente para la cuota de la hipoteca. Son 1.100€ que tienes que tener el día 1 de julio y no están. ¿Qué pasa exactamente? ¿Te llama el banco? ¿Te meten en un fichero de morosos? ¿Puedes perder la casa?
La respuesta corta: no pasa nada irreversible en los primeros días. Pero lo que hagas —o no hagas— en las próximas semanas lo cambia todo.
El día 1 llega y no hay dinero: qué ocurre exactamente
El banco no te llama el día 2 para decirte que pierdes la casa. Eso no es así. Lo que ocurre es más gradual, y entenderlo te da margen para actuar.
Cuando una cuota hipotecaria no se paga en la fecha acordada, el banco la marca internamente como impagada. A partir del día 1 de retraso, empieza a correr el interés de demora, que suele ser el tipo de tu hipoteca más tres puntos porcentuales (límite legal desde la Ley Hipotecaria de 2019).
No es hasta el tercer mes consecutivo sin pagar cuando el banco puede iniciar el proceso de ejecución hipotecaria. Y ese proceso, en la práctica, tarda entre 18 meses y 3 años en llegar a subasta. Tiempo hay. Pero no para esperar: para actuar.
Lo que sí puede pasar desde el primer mes:
- Apareces en ficheros de morosos como ASNEF si el banco comunica la deuda (suele hacerlo a partir del segundo o tercer mes).
- Dejas de poder acceder a nuevos productos financieros.
- Tu historial crediticio en el CIRBE —el registro del Banco de España con todas tus deudas— queda marcado.
El caso de Raúl, 39 años, Madrid
Raúl trabaja como comercial en una empresa de logística. En mayo le comunicaron un ERTE parcial. Su sueldo bajó de 2.400€ a 1.600€ de golpe. La hipoteca son 780€ al mes. Matemáticamente, ya no llega.
Su primer impulso fue no decir nada al banco y esperar a ver si la situación mejoraba. Error clásico. El banco no es tu enemigo en este momento, pero sí necesita que le hables antes de que la deuda sea un hecho consumado.
Cuando Raúl llamó —tres semanas después de saber lo del ERTE— el banco le ofreció dos opciones: una carencia parcial de seis meses (solo paga intereses, no amortiza capital) o una ampliación de plazo que bajaba la cuota a 620€. Ninguna de las dos opciones habría estado disponible si hubiera dejado pasar dos meses sin pagar.
Esa llamada le ahorró entrar en mora. Y le ahorró el fichero.
Las tres opciones reales que tienes antes de impagar
1. Carencia total o parcial
La carencia es un periodo en el que pagas menos o no pagas capital. En la carencia total, tu cuota puede bajar a prácticamente cero durante unos meses. En la parcial, solo pagas los intereses.
El coste: el capital pendiente no baja, así que al final pagas más intereses en total. Pero te da oxígeno ahora, que es lo que necesitas.
No todos los contratos de hipoteca incluyen esta opción automáticamente. Tienes que negociarla con el banco. Y el banco tiene que aceptar. Por eso es clave pedirlo antes de impagar, no después.
2. Ampliación de plazo
Si te quedan 15 años de hipoteca, pedir ampliarla a 20 puede bajar tu cuota mensual de forma significativa. Con 150.000€ de capital pendiente, pasar de 15 a 20 años puede ahorrarte entre 80€ y 120€ al mes.
Puedes usar nuestra calculadora de amortización anticipada para ver cómo cambia tu cuota según el plazo que elijas.
3. Moratoria legal: cuándo aplica y cuándo no
España ha tenido moratorias hipotecarias en situaciones excepcionales (la más conocida, la del COVID en 2020). En junio de 2026 no hay una moratoria general activa, pero sí existe el Código de Buenas Prácticas del Banco de España, al que están adheridos la mayoría de bancos.
Este código te protege si cumples ciertos requisitos de vulnerabilidad económica: que la hipoteca sea tu vivienda habitual, que la cuota supere el 30% de tus ingresos familiares, y que tus ingresos hayan caído de forma significativa. Si cumples el perfil, el banco está obligado a ofrecerte una reestructuración de deuda antes de ejecutar.
Comprueba con tu banco si estás en ese supuesto. Es un derecho, no un favor.
Lo que el banco NO te va a contar por iniciativa propia
Aquí está el dato que los bancos no publican en su web: el 80% de las personas que entran en mora nunca llamaron al banco antes de impagar. Y el banco, en muchos casos, prefiere cobrar los intereses de demora que renegociar.
Desde hipotecas.me creemos que la asimetría de información aquí es brutal. El banco tiene un equipo de riesgos que sabe exactamente cuándo puedes aguantar y cuándo no. Tú, normalmente, no sabes ni que tienes opciones.
Algunos datos que conviene tener claros:
| Situación | Qué puede hacer el banco | Qué puedes hacer tú |
|---|---|---|
| 1 mes sin pagar | Cobrar intereses de demora | Llamar y negociar carencia |
| 2 meses sin pagar | Comunicar a ASNEF | Solicitar reestructuración |
| 3 meses sin pagar | Iniciar ejecución hipotecaria | Código de Buenas Prácticas |
| +12 meses | Proceso judicial avanzado | Mediación, dación en pago |
1 mes sin pagar
2 meses sin pagar
3 meses sin pagar
+12 meses
La dación en pago: la última opción que nadie quiere usar pero existe
Si la situación es irreversible —has perdido el trabajo, no hay ingresos y la deuda se ha disparado— existe la dación en pago. Entregas la casa al banco y la deuda queda saldada. Sin deuda residual.
No es automática. El banco tiene que aceptarla. Y solo está garantizada para ciertos perfiles de vulnerabilidad dentro del Código de Buenas Prácticas. Pero existe, y es mejor conocerla que no conocerla.
Si estás en una situación límite, te recomendamos leer también nuestro análisis sobre cómo protegerte si el banco rechaza tu hipoteca en el último momento, porque los mecanismos de protección legal son más amplios de lo que parece.
Qué hacer HOY si ves que el mes que viene no llegas
No esperes a que llegue el día 1. El margen de maniobra se reduce drásticamente una vez que la cuota ya no se ha pagado.
Paso 1: Llama a tu banco esta semana. No al call center genérico: pide hablar con el gestor de hipotecas o con el departamento de riesgos. Explica la situación con documentación: nóminas, carta de ERTE, baja médica, lo que sea que justifique el cambio.
Paso 2: Pide por escrito las opciones disponibles. Carencia, ampliación de plazo, periodo de gracia. Que te lo manden por email o carta. Nada de acuerdos verbales.
Paso 3: Calcula el impacto real de cada opción. Usa nuestro simulador de hipotecas para ver cómo cambia tu cuota con distintos plazos o tipos.
Paso 4: Si el banco no te ofrece nada o la situación es compleja, pide asesoramiento. En hipotecas.me ofrecemos un estudio gratuito donde analizamos tu caso concreto y te decimos qué opciones tienes realmente, sin coste y sin compromiso.
El problema no es no poder pagar un mes. El problema es no saber que tienes opciones y no usarlas a tiempo.
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Sobre este contenido
Editor de contenidos hipotecarios
Publicación: 20 de junio de 2026
Última actualización: 20 de junio de 2026
Esta página tiene un enfoque informativo y editorial. Explica cómo suelen funcionar las condiciones hipotecarias descritas y qué conviene revisar, sin prometer resultados ni sustituir el análisis de una entidad financiera.
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