Reclamar los gastos de tu hipoteca: qué devuelve el banco de cada concepto
La cláusula que te cargaba a ti todos los gastos de formalizar la hipoteca: notaría, registro, gestoría, tasación e impuesto. Era la norma antes de 2019.
Estado actual
Doctrina consolidada
2 sentencias lo fijan
Plazo para reclamar
5 años
Desde la firmeza de la sentencia
Cuándo prospera
2 supuestos
Y los casos en que no, más abajo
Fija hoy en el mercado
3,75%
La alternativa: cambiar de banco
Criterio vigente a septiembre 2026. Sentencias: STS 705/2015, STS de 23 de enero de 2019.
Cuándo prospera
- ✓La hipoteca se firmó antes del 16 de junio de 2019 y la escritura te atribuía todos los gastos.
- ✓Conservas las facturas o los cargos en cuenta: sin importes justificados no hay nada que devolver.
Cuándo no
- ✕La hipoteca se firmó con la Ley 5/2019 ya en vigor: el reparto lo fija la ley y no hay cláusula que anular.
- ✕El impuesto (AJD) en hipotecas anteriores al 10 de noviembre de 2018: el sujeto pasivo era el prestatario.
Cómo comprobar si tu hipoteca la lleva
Con la escritura delante, en cinco minutos. No hace falta que nadie te la revise para dar el primer paso.
- 1
Busca en la escritura la cláusula de «gastos» o «gastos a cargo de la parte prestataria». Si dice que todos los gastos son tuyos, esa es la cláusula.
- 2
Reúne las facturas: la de la notaría, la del registro de la propiedad, la de la gestoría y la de la tasación.
- 3
Si no las conservas, revisa los cargos en la cuenta de los días alrededor de la firma: suelen aparecer como una provisión de fondos de la gestoría.
- 4
Comprueba la fecha de firma: si es posterior al 16 de junio de 2019, la ley ya reparte los gastos y no hay nada que reclamar.
¿Y si la tengo? Según la fecha de tu escritura, calculamos qué gastos son reclamables y cuánto suman. Hazlo con los datos de tu escritura: el cálculo se hace entero en tu navegador y no guardamos nada.
Qué se recupera de cada concepto
La cláusula que cargaba todos los gastos al cliente es nula, pero eso no significa que se devuelva todo. El Tribunal Supremo repartió después concepto a concepto quién debía haber pagado cada cosa, y ese reparto es lo que marca la devolución.
El registro de la propiedad y la gestoría se devuelven íntegros: la inscripción solo interesa al banco, que es quien garantiza su derecho, y la gestoría la imponía y la elegía la entidad. La notaría se reparte al 50 %, porque la escritura interesa a las dos partes. La tasación, en hipotecas anteriores a la Ley 5/2019, se atribuye al prestamista.
El impuesto es el que casi nunca se recupera
El impuesto de actos jurídicos documentados suele ser el importe más alto de todos, y por eso es el que más decepciones genera. En las hipotecas firmadas antes del 10 de noviembre de 2018, el sujeto pasivo del impuesto era el prestatario según la normativa entonces vigente, así que reclamarlo no prospera.
A partir de esa fecha, el Real Decreto-ley 17/2018 trasladó el impuesto al prestamista. Si tu hipoteca se firmó entre el 10 de noviembre de 2018 y el 16 de junio de 2019, el impuesto sí es reclamable si te lo cargaron a ti.
Cuánto suele salir
En una hipoteca media, la suma de registro, gestoría, tasación y la mitad de la notaría se mueve habitualmente entre 1.000 y 2.000 euros, más el interés legal desde que se pagó. No es la cifra que prometen algunos anuncios, porque esos suelen incluir el impuesto, que en la mayoría de casos no entra.
Es un importe modesto en comparación con una cláusula suelo, pero el procedimiento es más sencillo y el criterio está consolidado desde 2019.
¿Tienes más dudas? Pregúntale a Hipo, nuestro asistente IA. Hipo es muy noble
Las sentencias que fijan el criterio
Aquí no hay opiniones: esto es lo que han resuelto los tribunales, con su identificación y su fecha, para que puedas comprobarlo o llevárselo a un abogado.
STS 705/2015
Tribunal Supremo · 23 de diciembre de 2015
Declara abusiva por primera vez la cláusula que impone al consumidor todos los gastos.
STS de 23 de enero de 2019
Tribunal Supremo · 23 de enero de 2019
Fija el reparto concepto a concepto de los gastos de constitución.
¿Y el plazo?
5 años, pero cuentan desde la fecha en que gana firmeza la sentencia que declara nula la cláusula, no la fecha en que se pagó. En la práctica significa que mucha gente que da por perdido el plazo sigue estando a tiempo. El detalle, aquí.
Antes de pleitear, haz esta cuenta
Somos intermediarios, no abogados, así que te podemos decir algo que a un despacho no le interesa: reclamar recupera lo que ya pagaste, pero tarda entre uno y tres años. Cambiar la hipoteca de banco no recupera nada del pasado, pero baja la cuota en semanas. Si estás pagando bastante por encima del 3,75% al que se firman hoy las fijas y te quedan muchos años, esa segunda vía te devuelve dinero todos los meses y no depende de ningún juez. No son excluyentes: mucha gente hace las dos.
Si decides reclamar, el orden es este
- 1
Servicio de Atención al Cliente del banco
Es obligatorio empezar aquí. El banco tiene dos meses para contestar. Presenta la reclamación por escrito y guarda el justificante.
- 2
Banco de España
Si no contestan o la respuesta no te convence, puedes reclamar ante el Departamento de Conducta de Entidades. Su informe no obliga al banco, pero pesa.
- 3
Vía judicial
Es donde se anulan las cláusulas. Necesitas abogado y procurador. Valora el coste y el tiempo frente a lo que esperas recuperar.
hipotecas.me no interpone demandas ni cobra un porcentaje de lo que recuperes: para el paso judicial necesitas un abogado. Si no puedes asumirlo, tu colegio de abogados tiene un servicio de orientación jurídica gratuito y existe la justicia gratuita según tus ingresos.
Preguntas frecuentes sobre gastos de constitución
¿Puedo reclamar los gastos si ya vendí la vivienda?
Sí. Lo que se reclama es la devolución de un pago indebido que hiciste tú al constituir el préstamo, así que haber vendido después la vivienda o haber cancelado la hipoteca no lo impide. Necesitarás igualmente la escritura y las facturas o los cargos bancarios que acrediten los importes.
¿Cuánto se tarda en recuperar los gastos?
Si el banco acepta en la reclamación previa ante su servicio de atención al cliente, unas semanas. Si hay que ir a juicio, lo habitual es entre uno y dos años. El criterio está consolidado desde 2019, así que bastantes entidades resuelven antes de llegar al juzgado para evitarse las costas.
¿Y si no encuentro las facturas?
Puedes pedir copia de la factura en la propia notaría y en el registro de la propiedad, que conservan los aranceles. La gestoría también debería poder emitir un duplicado. En última instancia sirven los cargos en el extracto bancario de los días de la firma, aunque acreditar el desglose concepto a concepto es más difícil.
Las otras cláusulas que conviene revisar
Cláusula suelo
Un tipo mínimo escondido en la escritura: por mucho que baje el Euríbor, tu interés nunca baja …
IRPH
Un índice oficial alternativo al Euríbor, publicado por el Banco de España. Históricamente ha i…
Comisión de apertura
Un porcentaje del capital que el banco cobra al formalizar, habitualmente entre el 0,5 % y el 1…
Vencimiento anticipado
La cláusula que permite al banco dar por vencido todo el préstamo y ejecutar la vivienda tras u…
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Sobre este contenido
Editor de contenidos hipotecarios
Publicación: septiembre 2026
Última actualización: Septiembre 2026
Esta página tiene un enfoque informativo y editorial. Explica cómo suelen funcionar las condiciones hipotecarias descritas y qué conviene revisar, sin prometer resultados ni sustituir el análisis de una entidad financiera.
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