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Figuras legales

Fiador

Persona que garantiza el pago del préstamo hipotecario. En la práctica, fiador y avalista son términos equivalentes en el contexto hipotecario español.

Alejandra RuizPor Alejandra Ruiz|

Definición completa

El fiador es la persona que se compromete a responder del cumplimiento de una obligación ajena. En el contexto hipotecario español, el término se usa indistintamente con avalista, aunque técnicamente existen matices jurídicos.

El fiador simple tiene el beneficio de excusión: el banco debe intentar cobrar primero al deudor principal antes de dirigirse contra él. El fiador solidario (que es lo que los bancos exigen habitualmente) renuncia a ese beneficio, y el banco puede reclamarle directamente sin necesidad de agotar la vía contra el deudor principal.

En la práctica, cuando un banco pide un fiador para una hipoteca, exige fianza solidaria, lo que equivale funcionalmente a un aval. El fiador responde con todos sus bienes presentes y futuros, y la deuda avalada aparece en su CIRBE.

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Sobre este contenido

Alejandra Ruiz
Alejandra Ruiz

Analista hipotecaria

Publicación: marzo 2026

Última actualización: marzo 2026

Esta página tiene un enfoque informativo y editorial. Explica cómo suelen funcionar las condiciones hipotecarias descritas y qué conviene revisar, sin prometer resultados ni sustituir el análisis de una entidad financiera.

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