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Qué pasa si no puedes pagar la hipoteca un mes: moratoria, carencia y cómo actúa el banco

No pagar una cuota no significa perder la casa. Pero hay pasos concretos que debes dar antes de que el banco actúe. Esto es lo que ocurre realmente.

Por Fernando HierroPublicado el · 6 min lectura · 1.205 palabras

Lo esencial

Desde el 16 de junio de 2019, el banco no puede dar por vencida una hipoteca por una cuota sin pagar: el artículo 24 de la Ley 5/2019 exige que lo impagado sume al menos el 3 % del capital prestado o doce cuotas mensuales en la primera mitad del plazo (el 7 % o quince cuotas en la segunda) y un requerimiento con al menos un mes para ponerte al día. Saltarte un mes sí cuesta intereses de demora.

Actualizado el · publicado el · Fuente: BOE

Hay un mes que se complica. Un imprevisto, una factura que no esperabas, un ingreso que llega tarde. Y de repente te preguntas: ¿qué pasa si este mes no puedo pagar la hipoteca?

La respuesta corta es: no pierdes la casa por saltarte una cuota. Pero lo que hagas en los siguientes días marca la diferencia entre un susto puntual y un problema que se enquista.

Lo que el banco no te dice hasta que ya tienes un impago

Los bancos no llaman el día 1 de retraso. Tampoco el día 3. En la mayoría de los casos, el proceso real es mucho más lento de lo que la gente imagina.

Así funciona el protocolo habitual:

  • Día 1-7: la cuota no se cobra. El banco lo registra internamente.
  • Día 8-15: primer aviso automático por SMS o email.
  • Día 15-30: llamada del área de riesgos o gestión de impagos.
  • Mes 2-3: el banco puede reportar el impago a ficheros de morosos (ASNEF) y a la CIRBE — la central de riesgos del Banco de España donde constan todas tus deudas con entidades financieras.
  • Cuando los impagos llegan al umbral legal: el banco puede declarar el vencimiento anticipado del préstamo. Esto es cuando la situación se vuelve seria.

Lo que muy pocos saben: el banco no puede dar por vencida la hipoteca por tres cuotas. El artículo 24 de la Ley 5/2019 exige que las cuotas impagadas sumen al menos el 3 % del capital prestado o doce cuotas mensuales si estás en la primera mitad del plazo (el 7 % o quince cuotas en la segunda mitad), y que el banco te requiera el pago dándote al menos un mes para ponerte al día. Ese margen existe. Úsalo.

Un ejemplo: un mes de crisis que puede complicarse

Imagina a Elena, 38 años, en Valencia, que lleva siete años pagando su hipoteca sin un solo retraso. Un mes, su empresa retrasa la nómina por un problema administrativo. La cuota de 743 euros no sale.

Su primer instinto es esperar a que se resuelva solo. Error.

Cuando llama al banco doce días después, ya hay un cargo por impago en su cuenta y una nota en su expediente. Le ofrecen dos opciones: ponerse al día en el acto o solicitar una carencia de tres meses.

Si elige la carencia, durante tres meses solo paga los intereses, no el capital: su cuota baja a unos 310€ al mes. Al cuarto mes vuelve a la cuota normal, con el capital pendiente algo mayor, así que pagará algo más de intereses durante el resto de la hipoteca. Un precio razonable por evitar un impago en el historial.

La lección: llamar antes, no después.

Carencia vs moratoria: no son lo mismo

Mucha gente confunde estos dos términos. Son mecanismos distintos con consecuencias distintas.

Carencia parcial

Qué es Solo pagas intereses, no capital
Quién lo concede Tu banco (negociación)
Coste Intereses sobre capital que no amortizas

Carencia total

Qué es No pagas ni capital ni intereses
Quién lo concede Tu banco (casos extremos)
Coste Intereses se acumulan al capital

Moratoria legal

Qué es Suspensión de cuotas por ley
Quién lo concede Estado en situaciones excepcionales (COVID, DANA)
Coste Según normativa

Moratoria sectorial

Qué es Acuerdo del sector bancario
Quién lo concede Entidades adheridas
Coste Variable

La carencia que puedes pedir hoy es la que negocias directamente con tu banco. Las moratorias legales solo existen cuando una norma las aprueba para situaciones y colectivos concretos. Hay que distinguirlo bien.

Lo que el banco evalúa antes de concederte una carencia:

  • Tu historial de pagos previo
  • El motivo del impago (desempleo, enfermedad, imprevisto puntual)
  • El LTV de tu hipoteca — es decir, cuánto debes en relación al valor del piso
  • Si tienes otros productos vinculados con esa entidad

Si llevas años pagando puntualmente, el banco tiene todos los incentivos para ayudarte. Un cliente que negocia es mucho más rentable que uno que ejecutan.

Las penalizaciones que nadie te explica antes de firmar

Cuando hay un impago, el banco puede aplicar intereses de demora. Desde la reforma hipotecaria de 2019, estos están limitados por ley al tipo de interés ordinario de tu hipoteca más tres puntos porcentuales, y solo se cobran sobre el capital vencido y no pagado (art. 25 de la Ley 5/2019).

Ejemplo concreto: si tu hipoteca tiene un TIN del 2,85 %, los intereses de demora máximos son del 5,85 % anual. Sobre 700€ impagados, son unos 0,11€ por día de retraso.

No es una cifra que arruine a nadie. Pero si se acumulan meses, sí suma.

Otro coste que aparece: las comisiones por reclamación de posiciones deudoras. Muchos contratos incluyen un cargo fijo (entre 15€ y 30€) por cada gestión de cobro que el banco realiza. Revisa tu escritura.

Qué hacer HOY si sabes que el mes que viene no puedes pagar

Esta es la parte más importante del artículo. Y la que menos gente hace.

Si ya sabes que el próximo mes vas a tener problemas, llama a tu banco esta semana. No esperes al impago. No esperes a que te llamen ellos.

Por qué importa el momento:

  • Si llamas antes del impago, negocias desde una posición de fuerza
  • Si llamas después, el banco ya tiene el registro del retraso y tú ya estás en posición defensiva
  • Si no llamas, el proceso automatizado sigue su curso y perderás opciones

Qué pedir en esa llamada:

  1. Carencia parcial de 1 a 6 meses (solo intereses)
  2. Ampliación del plazo de la hipoteca para reducir la cuota hipotecaria mensual de forma permanente
  3. Novación del contrato si el problema es estructural, no puntual

Si el banco dice no, tienes otra vía: el Código de Buenas Prácticas, un mecanismo creado por el Real Decreto-ley 6/2012 al que están adheridas la mayoría de entidades. Permite acceder a medidas de alivio si cumples ciertos requisitos de vulnerabilidad económica.

Cómo pedir una carencia con argumentos

No hay una estadística pública de cuántas carencias conceden los bancos. Pero un cliente con buen historial que llega con un problema real y documentado tiene argumentos para pedirla.

La clave está en llegar con un argumento concreto: "Tengo un problema puntual de X meses, aquí está la documentación, esto es lo que propongo". No "no puedo pagar, ayúdame".

Si estás pensando en cambiar de banco para mejorar condiciones antes de que llegue un momento difícil, puedes explorar la subrogación hipotecaria o revisar si tu hipoteca actual se puede mejorar sin cambiar de entidad.

Y si el problema no es puntual sino que llevas meses con la cuota justa, puede que sea el momento de usar el simulador de amortización anticipada para ver si una reducción de capital te da el margen que necesitas.

Lo que hagas en las próximas 48 horas importa más que lo que hagas en las próximas 48 semanas. Actúa antes de que el banco lo haga por ti.

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Sobre este contenido

Fernando Hierro
Fernando Hierro

Editor de contenidos hipotecarios

Publicación: 10 de julio de 2026

Última actualización: 2 de octubre de 2026

Esta página tiene un enfoque informativo y editorial. Explica cómo suelen funcionar las condiciones hipotecarias descritas y qué conviene revisar, sin prometer resultados ni sustituir el análisis de una entidad financiera.

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