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ITP en Extremadura 2026: tramos progresivos, bonificaciones y calculadora

Extremadura aplica tramos progresivos en el ITP: 8 % hasta 360.000 €, 10 % hasta 600.000 € y 11 % por encima. Dado el nivel de precios de la vivienda en la comunidad, la mayoría de compradores tributarán al 8 %.

Por Alejandra Ruiz

ITP general

8-11 %

según el precio

Vivienda habitual

7 %

AJD obra nueva

1,5 %

Fuente: normativa autonómica revisada el 2 de octubre de 2026.

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Lo que debes saber al comprar en Extremadura

La vivienda habitual de hasta 200.000 € paga el 7 %, y el 4 % si el comprador es menor de 36 años, familia numerosa, tiene una discapacidad ≥65 %, compra vivienda protegida o en un municipio de menos de 3.000 habitantes. En todos los casos la renta no puede pasar de 30.000 € (55.000 € en conjunta).

El AJD general es del 1,5 %, pero baja al 0,5 % en la vivienda habitual de hasta 200.000 € (con el mismo límite de renta) y al 0,1 % en la vivienda protegida.

Euríbor 12M

3,191 %

Tipo medio hipotecas

3,04 %

Tipo fija >10 años

2,76 %

Fuente: BCE · Banco de España (dato 2026/08) · Actualización automática

La cuota orientativa de la calculadora usa la mediana de las hipotecas fijas de nuestro comparador (3,95 %), la misma que el simulador de hipotecas; los tipos medios del Banco de España de arriba son de las operaciones ya firmadas. Variable: Euríbor (3,191 %) + diferencial.

Tipo general ITP

8-11 %

según el precio (ver tramos)

AJD

1,5 %

1,5 % (0,5 % en vivienda habitual de hasta 200.000 €, con requisitos)

Tipo mínimo (con requisitos)

4 %

Menores de 36 años

📊 Tipo de ITP en Extremadura

Extremadura tiene tres tramos: 8 % hasta 360.000 €, 10 % de 360.000 a 600.000 € y 11 % por encima de 600.000 €.

Hasta 360.000 € toda la compra tributa al 8 %; por encima, solo el exceso pasa al 10 % o al 11 %.

DL 1/2018, arts. 36 a 47 bis, en la redacción de la Ley 2/2026, de 3 de agosto (DOE 4-8-2026, en vigor el 5-8-2026): tramos progresivos 8/10/11 % (cortes 360k/600k), tipo del 7 % para la vivienda habitual de hasta 200.000 € y superreducido del 4 % para jóvenes <36, familia numerosa, discapacidad ≥65 %, vivienda protegida y municipios de menos de 3.000 habitantes, todos ellos con el mismo tope de 200.000 € y renta de 30.000 € (individual) o 55.000 € (conjunta). AJD: 1,5 % general (art. 46), 0,5 % en la compra de vivienda habitual de hasta 200.000 € (art. 47) y 0,1 % en la vivienda protegida con precio máximo legal (art. 47 bis, nuevo). Los dos tipos reducidos exigen ADEMÁS que la suma de las bases imponibles general y del ahorro del IRPF no pase de 30.000 € en tributación individual ni de 55.000 € en conjunta: sin ese requisito no aplican aunque el valor sea bajo, y el límite de 200.000 € es un umbral de todo o nada (superarlo lleva TODA la base al 1,5 %). Extremadura no tiene AJD reducido por edad, familia numerosa, monoparentalidad, discapacidad ni violencia de género, y el 0,5 % de las zonas rurales del art. 50 bis quedó DEROGADO el 5-8-2026.

📐 Tramos progresivos

TramoTipo
0 € — 360.000 €8 %
360.000 € — 600.000 €10 %
Más de 600.000 €11 %

El tipo efectivo medio para 200.000 € es 8,00 %

🎯 Bonificaciones de ITP en Extremadura

7 %

Vivienda habitual (≤ 200.000 €)

  • Vivienda habitual
  • Valor ≤ 200.000 €
  • Base imponible ≤ 30.000 € (individual) o 55.000 € (conjunta)
4 %

Menores de 36 años

  • Edad inferior a 36 años
  • Vivienda habitual
  • Valor ≤ 200.000 €
  • Base imponible ≤ 30.000 € (individual) o 55.000 € (conjunta)
4 %

Familia numerosa

  • Familia numerosa acreditada (o ascendiente separado o sin vínculo con dos hijos)
  • Vivienda habitual
  • Valor ≤ 200.000 €
  • Base imponible ≤ 30.000 € (individual) o 55.000 € (conjunta)
4 %

Discapacidad ≥65 %

  • Grado de discapacidad ≥65 %, movilidad reducida, necesidad de ayuda de terceros o curatela representativa
  • Vivienda habitual
  • Valor ≤ 200.000 €
  • Base imponible ≤ 30.000 € (individual) o 55.000 € (conjunta)
4 %

VPO

  • Vivienda protegida con precio máximo legal
  • Vivienda habitual
  • Valor ≤ 200.000 €
  • Base imponible ≤ 30.000 € (individual) o 55.000 € (conjunta)
4 %

Municipio de menos de 3.000 habitantes

  • Municipio o entidad local menor de Extremadura con menos de 3.000 habitantes
  • Vivienda habitual
  • Valor ≤ 200.000 €
  • Base imponible ≤ 30.000 € (individual) o 55.000 € (conjunta)

Vivienda habitual de hasta 200.000 €: 7 %, con renta ≤ 30.000 € (55.000 € en conjunta).

Menores de 36 años: tipo reducido del 4 % para vivienda habitual con valor ≤ 200.000 €, con el mismo límite de renta.

Familias numerosas: tipo del 4 % para vivienda habitual con valor ≤ 200.000 €.

Discapacidad ≥65 %: tipo del 4 % para vivienda habitual con valor ≤ 200.000 €.

Vivienda protegida con precio máximo legal y municipios de menos de 3.000 habitantes: 4 %, con el mismo tope de 200.000 €.

📋

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⚖️ Comparativa del ITP en Extremadura

vs media nacional (~7,6 %)

Con un tipo base del 8 %, Extremadura se sitúa ligeramente por encima de la media nacional (~7,6 %). Para una vivienda de 150.000 €, el ITP es de 12.000 €.

Extremadura
8,00 %
Media
7,6 %

vs País Vasco (4 %)

Frente al País Vasco (4 %), una vivienda de 150.000 € en Extremadura paga 12.000 € de ITP vs 6.000 €. Con bonificaciones (4 %), ambas se igualan.

Extremadura
8,00 %
País Vasco
4,00 %

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Preguntas frecuentes sobre el ITP en Extremadura

¿La mayoría de viviendas en Extremadura tributan al 8 %?

El tipo general es del 8 % hasta 360.000 €. Pero si es tu vivienda habitual, no pasa de 200.000 € y tu renta no supera 30.000 € (55.000 € en conjunta), pagas el 7 %, o el 4 % si eres menor de 36, familia numerosa o tienes una discapacidad ≥65 %.

¿Cuánto ahorra un joven comprando en Extremadura?

Con el tipo del 4 %, un joven menor de 36 paga la mitad que al tipo general. Para una vivienda habitual de 120.000 €: 4.800 € frente a 9.600 € al 8 % (u 8.400 € al 7 % de la vivienda habitual), con renta de hasta 30.000 € o 55.000 € en conjunta.

¿Hay bonificación por discapacidad en Extremadura?

Sí. Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 65 % tienen un tipo reducido del 4 % para vivienda habitual de hasta 200.000 €, con el límite de renta de 30.000 € (55.000 € en conjunta).

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Sobre este contenido

Alejandra Ruiz
Alejandra Ruiz

Analista hipotecaria

Publicación: febrero 2026

Última actualización: octubre 2026

Esta página tiene un enfoque informativo y editorial. Explica cómo suelen funcionar las condiciones hipotecarias descritas y qué conviene revisar, sin prometer resultados ni sustituir el análisis de una entidad financiera.

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